Himno de España
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El Himno Nacional de España es conocido tradicionalmente por «Marcha Granadera» o «Marcha Real Española». Según queda estipulado no tiene letra, sólo música. Existen dos versiones del himno español: la completa y la breve, y cualquiera de las dos versiones del himno debe interpretarse siempre íntegramente y de una sola vez en actos oficiales.
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Historia del Himno Nacional de España
Un himno, según el Diccionario de la Real Academia Española, es una “Composición musical emblemática de una colectividad, que la identifica y que une entre sí a quienes la interpretan.”
Desde 1770 y dependiendo del momento histórico, España ha adoptado dos himnos como oficiales: la Marcha Granadera o Marcha Real Española y el Himno de Riego.
El Himno de Riego fue el himno oficial durante el Trienio Liberal, cooficial durante la Primera República y oficioso durante la Segunda República. Mientras que la Marcha Granadera o Marcha Real Española ha sido el himno predominante, en el tiempo, y es el actual Himno oficial en España.
A continuación, nos adentraremos en la evolución histórica de este símbolo musical.
Tabla de contenidos acerca del Himno de España
- Historia del Himno de España
- Curiosidades del himno
- Evolución Histórica del Himno Nacional de España
- El Himno de Riego
- La Marcha Real
- Versión orquestada de la Marcha Real
- El himno en democracia
- La cuestión de los Derechos de Autor
- ¿Cómo y cuándo interpretar el Himno Nacional español?
Curiosidades del Himno de España
El actual himno nacional, Marcha Real Española (1770), es el tercer himno más antiguo, precedido por los himnos de los Países Bajos (Wihelmus, 1568-1573) y del Reino Unido (God Save the Queen, 1745).
Por otro lado, es uno de los cuatro himnos que carecen de letra junto con el de San Marino, Bosnia-Herzegovina y Kosovo.
Evolución Histórica del Himno Nacional de España
A continuación, daremos un paseo por la historia del Himno Nacional. Veamos cómo evoluciona la Marcha de Granaderos hasta su adopción como Marcha Real y su posterior declaración como Himno Nacional, así como la adopción del Himno de Riego en aquellos momentos históricos en los que España adoptó diferentes formas de gobierno.
La Marcha de Granaderos
En 1749, el rey Fernando VI estableció una junta para unificar y reglamentar unas nuevas ordenanzas militares en las que, entre otras cosas, se regularían los toques de la guerra. Los trabajos se prolongaron y el resultado de los trabajos fue aprobado por el rey Carlos III. Como resultado, en 1768 se promulgaron las “Reales Ordenanzas” que estuvieron vigentes hasta 1978.
En 1751, como resultado de la primera junta, figuraba como propuesta el uso de la Marcha de Granaderos como música a tocar cuando los granaderos marchasen solos.
La primera partitura conocida de la Marcha de Granaderos está recogida en el manuscrito de la Biblioteca Nacional titulado: “Libro de la ordenanza de los toques de pifanos y tambores que se tocan nuevamente en la ynfantª”, escrito por Manuel Espinosa de los Monteros, en 1761.
El manuscrito parece ser un material de trabajo que da muestras de estar inacabado. En la portada figura Manuel Espinosa y, en el interior se especifica que el autor de la marcha Walona es Carlos Julián. Esta anotación hace pensar que el resto de partituras contenidas son del propio Manuel Espinosa de los Monteros, incluida la Marcha de Granaderos.
Al año siguiente de la aprobación de las “Reales Ordenanzas”, en 1769, se publicó un Cuaderno impreso, Toques de Guerra Que deberán observar uniformemente los Pífanos, Clarinetes y Tambores de la Infanteria (sic) de S.M., que unificaba obligatoriamente los toques de guerra. En este documento se señala a Manuel Espinosa de los Monteros como “concertador” y aparece una nueva versión de la Marcha de Granaderos armonizada para pífanos, dos clarinetes y tambor.
¿Quién compuso la “Marcha de Granaderos”?
Dado que no hay evidencia clara del autor de la Marcha de Granaderos, su autoría se discute a partir de varias hipótesis que se desarrollan a continuación.
- Hipótesis 1: Rey Federico II de Prusia
- Hipótesis 2: Composición Francesa
- Hipótesis 3: Manuel Espinosa de los Monteros.
Hipótesis 1: Rey Federico II de Prusia.
La creencia de que el rey Federico II de Prusia es el autor de la Marcha de Granaderos se desarrolló a mediados del siglo XIX.
En síntesis, el rey Federico II se la habría regalado al rey Carlos III por medio del Conde de Aranda.
La primera mención de esta hipótesis la hace Antonio Vallecillo y Luján (1807-1880) que la defiende en diversos artículos y publicaciones.
Esta hipótesis fue recogida por la Enciclopedia Universal Ilustrada de Espasa-Calpe. Para ello pudo utilizar dos fuentes de la época: el “Compendio de la Historia de España” de Alfonso Moreno Espinosa (1903) y/o el “Poutpurri de aires nacionales y extranjeros” de Manuel López Calvo (1884) que se basaban en los trabajos de Vallecillo.
Reconocidos autores como Nemesio Otaño (musicólogo), Rafael Olaechea y José Benimelli (historiadores) la dieron por buena, aunque no repararon en las discordancias existentes en las fechas del Libro de la Ordenanza (1761) y el regreso del Conde de Aranda a la península (1762), ni en la ausencia de relaciones diplomáticas entre el Reino de España y el de Prusia por aquellas fechas, entre otras incongruencias.
Hipótesis 2: Composición Francesa
Esta hipótesis se podría calificar de “menor”. Según Mariano Soriano (1860, tomo 3º, cap. 21), en una carpeta del
Archivo General Militar de Segovia, hay un documento en el que se señala que la “Marcha Española” fue escrita en Francia para el rey Felipe V.
Ningún musicólogo o historiador ha prestado mayor atención a esta afirmación.
Hipótesis 3: Manuel Espinosa de los Monteros.
Por otro lado, la musicóloga Begoña Lolo (1999) considera que Manuel Espinosa de los Monteros actuó de forma “más próxima a la de armonizador o concertador, que a la de creador”.
Sin embargo, el musicólogo Ricardo Fernández de la Torre encontró en la Biblioteca Nacional dos documentos: el anteriormente mencionado Libro de Ordenanza (1761), y una carpeta con composiciones de Manuel Espinosa de los Monteros (entre las que figura la Marcha de Granaderos) (1764).
De modo que, para el historiador militar Juan María Silvela (2010), estos documentos junto con el cuaderno impreso de 1769, serían prueba de la autoría de Manuel Espinosa de los Monteros.
Antecedentes melódicos de la Marcha de Granaderos
La melodía de la Marcha de Granaderos aparece en tres antecedentes musicales.
La evidencia más antigua de la melodía podría ser una nuba andalusí, al-Istihlal, compuesta por Ibn Bayya (Avempace), que fue condiscípulo de Averroes, allá por el siglo XII. Las nubas son unas composiciones, a modo de suite, en la que hay un tema principal y posteriores variaciones. En ellas se fundirían el canto cristiano con la música del Oriente Medio. Con la conquista de Al-Andalus, estas composiciones pasaron de los palacios a la música popular morisca y, por la fusión cultural, al pueblo cristiano viejo como aquí se apunta.
Una segunda evidencia se presenta en la Cántiga XLII de Alfonso X “El Sabio”, en el siglo XIII, donde en su segunda frase aparece la coincidencia con la Marcha de Granaderos.
En estas coincidencias hay un problema con la notación musical que, al ser distinta a la actual, es interpretable. En cualquier caso, la coincidencia es bastante clara.
Otra evidencia estaría en la Glosa sobre la Pavana Real de Enrique de Valderrábano, compuesta en 15478. En este caso, en el que se utiliza el tema de la Pavana Real, contamos con una coincidencia importante, tanto en las notas y en los acordes, como en el punto y contrapunto, con la Marcha de Granaderos.
Así pues, Manuel Espinosa de los Monteros, como mínimo, adoptó la melodía de la Pavana Real glosada por Valderrábano y le incorporó un cierre melódico de influencia musical francesa. Esta melodía sería adaptada a la notación de la Marcha para el tambor utilizada reglamentariamente para la infantería.
De la Marcha de Granaderos a la Marcha Real
La Marcha de Granaderos símbolo de la presencia de los reyes
Los Granaderos eran una fuerza especial que, entre otras misiones, estaba asignada al acompañamiento de los reyes y a la guardia de los exteriores del Palacio Real. Desde 1770, al ser la Marcha de Granaderos el toque de marcha de ordenanza de este cuerpo, es lógico pensar que la Marcha sonara habitualmente y que la ciudadanía la identificara con la presencia de los reyes.
Según Nemesio Otaño (1939) esta identificación resultaría más intensa en el período de la Guerra de la Independencia (1808-1814).
La Marcha de Granaderos único toque de honor
En 1815 se decreta que la Marcha de Granaderos se interpretase como toque de honor en cualquier situación y de forma independiente a la unidad que rindiera honores.
El trienio liberal (1820-1823)
Tras la Guerra de la Independencia se restauró la monarquía española en la persona de Fernando VII. Tras la esperanza liberal surgida de la Constitución de 1812 (La Pepa), Fernando VII, a los pocos días de su retorno, abolió La Pepa y, con ello, dio comienzo el llamado Sexenio absolutista que se extendió hasta 1820.
Alrededor de 1820 se dio un período de corrientes revolucionarias que recorrían Europa. Estas corrientes revolucionarias fueron consecuencia de la Restauración tras la derrota de la Francia Revolucionaria y se manifestaron con mayor intensidad en los países del sur de Europa, siendo España el epicentro.
El 1 de enero de 1820, el coronel Rafael de Riego se sublevó en Las Cabezas de San Juan (Sevilla), con la intención de instaurar un régimen monárquico constitucional. A primeros de marzo, estalló otra insurrección liberal en Galicia, que se extendió por todo el país, forzando a Fernando VII a jurar la Constitución de 1812.
A continuación, los liberales tomaron el poder e iniciaron el proceso de eliminación de cualquier vestigio del Antiguo Régimen (monarquía absolutista). Una consecuencia de este proceso fue la declaración de la “música militar del Himno de Riego” como “marcha nacional de ordenanza”, el 7 de abril de 1822.
El Himno de Riego
Si bien la autoría de la letra del himno corresponde al teniente coronel Evaristo Fernández San Miguel; la autoría de la música, según la investigación de los músicos Asenjo Barbieri y Pedrell Sabaté, no queda clara. Si bien, Ricardo Fernández de la Torre atribuye la autoría musical José Melchor Gomis y Colomer, director de la banda de la Milicia Nacional, que lo versionó para banda.
La música del Himno de Riego, tal vez, esté inspirada en la música popular del Baile de Mayordomos del valle de Benasque (Alto Aragón).
La Década Ominosa (1823-1833)
El 1 de octubre de 1823, tras la intervención de los Cien Mil Hijos de San Luis, Fernando VII vuelve a suspender la Constitución de 1812 y declara nulos todos los actos de gobierno de los liberales. De este modo, la música militar del Himno de Riego resulta prohibida y deja de ser la marcha nacional de ordenanza.
El 7 de noviembre, Rafael de Riego fue ahorcado en la Plaza de la Cebada y se reinstauró el régimen absolutista.
La Marcha Real
Aunque posiblemente la Marcha de Granaderos se vendría utilizando como marcha nacional de ordenanza desde los inicios de la Década Ominosa, en 1846, con ocasión de la boda de Isabel II, se recuperó como Marcha Real.
El 5 de noviembre de 1853, por Real Decreto, se otorgó a la Antigua española, es decir, a la Marcha de Granaderos, la condición de Marcha Real.
Revolución de 1868 (La Gloriosa). Marcha Nacional.
En Septiembre de 1868 estalla un pronunciamiento militar que buscaba la instauración de una monarquía parlamentaria y, como consecuencia, la reina Isabel II pasó al exilio.
Al inicio de este período, Prim sustituyó la Marcha Real por la Marcha Nacional del músico italiano José Squadrani, Músico Mayor del Regimiento de Ingenieros, estrenada el 7 de febrero de 1869, en el patio del Ministerio de la Guerra (Palacio de Buenavista), con motivo de la apertura de las Cortes Constituyentes.
El 31 de agosto de 1870 se ordena que la Marcha Nacional fuera interpretada interinamente en lugar de la Marcha Real.
El 4 de septiembre de 1870 se convoca un concurso para la composición de una Marcha Nacional que sustituya a la Marcha Real como marcha de honor. La intención de sustituir la Marcha Real se basaba en la intención de eliminar aquellos símbolos establecidos por la Casa de Borbón. El concurso quedó desierto.
Finalmente, el rey Amadeo I de Saboya, mediante Real Orden, declaró a la Marcha Real como Marcha Nacional Española el 8 de enero de 1871.
Versión orquestada de la Marcha Real
A principios del siglo XX, durante un acto oficial en la Plaza de Oriente, de Madrid, varias bandas de música militar realizaron una interpretación, digamos, poco atinada de la Marcha Real. El rey Alfonso XIII, en consecuencia, pidió al director de la banda de Alabarderos, Bartolomé Pérez Casas, una versión armonizada de la Marcha Real.
La versión de Pérez Casas fue declarada reglamentaria por Real Orden, el 27 de agosto de 1908.
Segunda República (1931-1939)
Con el advenimiento de la Segunda República española, el 14 de abril de 1931, la Marcha Real dejó de interpretarse como himno nacional por estar ligado a la monarquía.
Para su sustitución hubo diferentes propuestas entre las que destaca el Canto Rural a la República Española, con letra de Manuel Machado y música de Óscar Esplá14. La presentación de este Canto Rural se realizó el 26 de abril de 1931, en el Ateneo de Madrid. Este himno no fue aceptado y en su lugar se retomó el Himno de Riego que nunca fue declarado como himno oficial.
Guerra Civil española (1936-1939)
Durante la contienda civil, el bando republicano mantuvo el oficioso Himno de Riego.
Sin embargo, en el bando rebelde, dada la profusión de grupos implicados (falangistas, requetés,…) se utilizaban diversos himnos. El 27 de noviembre de 1937, el general Franco ordenó la recuperación de la Marcha Real como Himno Nacional. Esta orden fue ratificada por Decreto del 17 de julio de 1942.
El Himno de España en Democracia
En 1996, la Presidencia del Gobierno abordó la realización de una nueva versión del Himno Nacional. Con este fin se estableció una comisión. El coronel Francisco Grau Vergara, director de la Unidad de Música de la Guardia Real, fue el encargado de la nueva versión. Una vez revisada por la Real Academia de Bellas Artes, se aprobó la nueva versión el 11 de noviembre de 1996.
El 11 de octubre de 1997 se publicó el Real Decreto en el que se establecen las directrices de interpretación y la partitura oficial del Himno Nacional.
La cuestión de los Derechos de Autor
Bartolomé Pérez Casas, durante la Segunda República, registró su armonización de la Marcha Real junto con la Marcha de Infantes. Cuando en 1942 se declara a la Marcha Real como Himno Nacional, el autor de la armonización pasó a cobrar derechos de autor por la misma.
En 1997, dada la intención de realizar una nueva versión del himno, el Estado adquirió los derechos de autor que estaban en manos de los herederos de Pérez Casas, por 130 millones de pesetas más el IVA correspondiente. Como resultado, mediante el Real Decreto del 3 de octubre de 1997 establece los términos de la adquisición de los derechos de la Marcha Real y de la Marcha de Infantes y de su administración por parte del Ministerio de Educación y Cultura. Ver más acerca de los derechos de explotación del Himno de España.
En 1998, Francisco Grau Vergara renunció a los derechos que como autor le hubieran correspondido.
¿Cómo y cuándo interpretar el Himno Nacional español?
En el Real Decreto (RD 1560/1997), publicado en el BOE el 11 de octubre de 1997, que regula el Himno Nacional, se establece:
Versión larga
Formada por dieciséis compases con dos secciones de cuatro compases repetidos.
Esta versión se interpretará (artículo 3):
- En los actos de homenaje a la Bandera
- En los actos oficiales a los que asista S.M. el Rey o S.M. la Reina.
- En los actos oficiales a los que asista la Reina o Rey consortes.
- En los actos previstos en el Reglamento de Honores Militares.
Versión breve
Esta versión está formada por cuatro compases de cada sección, sin repetición.
Será interpretada (artículo 3):
- En los actos a los que asistan S.A.R. el Príncipe o la Princesa de Asturias o SS.AA.RR. los Infantes o las Infantas de España.
- En los actos oficiales a los que asista el Presidente del Gobierno.
- En los actos deportivos o de cualquier otra naturaleza en los que haya representación oficial de España.
- En los casos previstos en el Reglamento de Honores Militares.
Actitud de Respeto
En los actos en los que se interprete, el personal uniformado de las Fuerzas Armadas y de Seguridad efectuará el saludo reglamentario.
Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales
En los actos oficiales de carácter general organizados por Comunidades Autónomas o Corporaciones Locales a los que asisten las Personas Reales o Autoridades, referidas en el artículo 3:
- Si el acto se iniciara con los himnos, el Himno Nacional se tocaría en primer lugar.
- Si el acto terminase con los himnos, el Himno Nacional se interpretaría en último lugar.
Actos y visitas oficiales de carácter internacional
En las recepciones en territorio español, se toca primero el himno nacional del país visitante y después el Himno Nacional. En las despedidas, el orden será el inverso. El mismo orden se seguirá en el caso de visitas de buques de guerra extranjeros.
En las recepciones a bordo de buques de la Armada, en puertos extranjeros, se interpreta en primer lugar el Himno Nacional y a continuación el del país anfitrión.
En cualquier caso, la interpretación de himnos extranjeros debe ir acompañada del Himno Nacional de España.